Consejo Regulador de la D.O. LA MANCHA Avda. Criptana, 73 13600 - Alcazar de San Juan Ciudad Real - España http://www.lamanchado.es consejo@lamanchado.es Tel.: 926 541 523 Fax: 926 588 040
La Mancha, con una situación privilegiada en el centro de la Península y unas condiciones climatológicas únicas para el cultivo de la vid, da vida a uno de los vinos más sorprendentes que pueda catar el más exquisito paladar. Por extensión (próxima a las 190.000 has.) decimos con orgullo que La Mancha es el mayor viñedo del planeta, con una amplia variedad de vinos que van desde sus excelentes tintos hasta sus burbujeantes espumosos, sin olvidarnos de blancos y rosados de magnífica calidad. La Denominación de Origen LA MANCHA acoge a más de 300 bodegas que cuidan con esmero la elaboración de sus productos.
Clima
Sus temperaturas son extremas debido a su clima continental, oscilando entre los -15º del frio invierno y los 45º del tórrido verano. La sequedad es otra de sus características más acusadas, ya que debido a su micro-clima impide la entrada de vientos húmedos, presentando una escasa pluviometría (300 a 400 mm anuales), por ello La Mancha es fundamentalmente un lugar de cultivo de secano, aunque con los últimos planes de reestructuración se ha ampliado el número de explotaciones de riego por goteo. Por otra parte, nuestra tierra goza de 3.000 horas de sol al año para dorar sus uvas, que así nos ofrecerán su mejor fruto.
Suelo
La Mancha, una gran extensión de terreno que tiene una tierra llana, sin grandes alturas y con una hermosa tierra rojiza fruto de sedimentos miocénicos de estructura caliza.
1.- Los vinos amparados por la Denominación de Origen "La Mancha", pueden ser blancos, rosados, tintos y espumosos.
La graduación alcohólica adquirida de los vinos blancos y rosados estará comprendida entre 10% y 14% y la de los tintos entre 11% y 15%. Podrán ser secos, semisecos, semidulces y dulces.
2.- La elaboración de los vinos amparados por la Denominación de Origen "La Mancha" se realizará exclusivamente a partir de las uvas autorizadas en el Artículo 5º de este Reglamento. La elaboración de los vinos tintos, se realizará a partir del 85% como mínimo, de las variedades o vidueños tintos.
3.- Los vinos deberán presentar las cualidades organolépticas y enológicas características de los mismos, debiendo los productores someter los vinos que opten a la Denominación de Origen "La Mancha" a un examen analítico y organoléptico.
La acidez volátil real de los vinos del año, no podrá ser superior a 1 meq/l. (0,06 gr/l. expresada en ácido acético), por cada grado de alcohol adquirido. Los vinos de edad superior a un año no podrán superar 17 meq/l. (1,02 gr/l. expresada en ácido acético) hasta una graduación alcohólica de 10% en volumen, y 1 meq/l. (0,06 gr/l. expresada en ácido acético), por cada grado de alcohol que exceda de 10º.
La acidez total será, como mínimo, de 47 meq/l. (3,5 gr./l. expresada en ácido tartárico).
En el momento de su oferta al consumo, el contenido total de anhídrido sulfuroso de los vinos no podrá exceder de:
- 210 mg/l. para los vinos blancos y rosados.
- 160 mg/l. para los vinos tintos.
Los vinos con un contenido en azúcar residual igual o superior a 5 gr/l. no podrá exceder de:
- 260 mg/l. para vinos blancos y rosados.
- 210 mg/l. para los vinos tintos.
4.- Para la elaboración del vino espumoso se utilizará el método tradicional.
De acuerdo con la legislación sobre vinos espumosos se consideran "vinos espumosos", los procedentes de uva sana de las variedades o vidueños autorizados en este Reglamento, que contienen, como consecuencia de su especial elaboración, gas carbónico de origen endógeno.
El vino base utilizado en el tiraje, deberá tener las características analíticas reflejadas en los apartados anteriores, además de cumplir las condiciones organolépticas indispensables.
Los vinos espumosos, terminada su elaboración, tendrán las siguientes características analíticas:
Grado alcohólico adquirido (a 20º): Entre 10,5% y 13%.
Acidez total, en ácido tartárico, superior a: 3,5 gr/l.
Extracto seco no reductor: 12/20 gr/l.
Acidez volátil real, en ácido acético, inferior a: 0,7 gr/l.
Sobrepresión CO2 (a 20º): Superior a 3,5 atmósferas.
5.- Los vinos espumosos se denominarán, atendiendo a su riqueza en azúcar residual, como sigue:
Extra brut: de 0 a 6 gr/l.
Brut: inferior a 15 gr/l.
Extra seco: de 12 a 20 gr/l.
Seco: de 17 a 35 gr/l.
Semiseco: de 33 a 50 gr./l.
Dulce: superior a 50 gr./l.
Si, de acuerdo con el contenido en azúcar residual, fuera posible utilizar dos de las denominaciones indicadas, el elaborador utilizará únicamente una de ellas, a su elección.