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Denominación de origen Ribeira Sacra

Consejo Regulador de la Denominación de Origen

Consejo Regulador de la D.O. 'RIBEIRA SACRA'
Rúa Pescaderías, 1
27400 - Monforte de Lemos
Lugo - España
http://www.ribeirasacra.org
info@ribeirasacra.org
Tel.: +34 982 410 968
Fax: +34 982 411 265
En el año 1993 se aprobó la denominación Viños da Terra, pero el despegue definitivo y progresivo no se produjo hasta 1996 con la aprobación definitiva de la Denominación de Origen. El único camino que le queda hoy a una comunidad de productores es la profesionalización de la gestión, regla sagrada para competir con acierto en los mercados.

El Consejo Regulador de Ribeira Sacra tiene tres cometidos esenciales: garantizar el origen del producto, asegurar la calidad del mismo y promocionar los vinos producidos al amparo de la D.O.

En los aspectos puramente productivos, el personal cualificado del Consejo y una comisión técnica independiente se encargan de los controles para que el producto final cumpla las normas previstas por el Consejo relativas al vino.

Superficie

1.242 Ha.

Variedades

Tintas
 Autorizadas:   Sousón, Caíño tinto, Garnacha tintorera, Mouratón (Negreda) y Tempranillo
 Preferentes:   Mencía, Brancellao y Merenzao
Blancas
 Autorizadas:  
 Preferentes:   Loureira, Treixadura, Godello, Dona Blanca, Albariño y Torrontés

Densidad de plantación

1.500 - 4.000 cepas por hectárea.

Producción máxima

9.500 kg/ha.para las variedades tintas preferentes.

10.500 kg/ha.para las variedades blancas preferentes.

11.000 kg/ha.para las variedades autorizadas.

Grado mínimo en la vendimia

11º Para los vinos monovarietales
10º Para el resto de los vinos, tanto tintos como blancos

Producción de mosto

70 litros de mosto o vino por cada 100 kilogramos de uva.

Tipos de vino

1.1. Serán Ribeira Sacra Súmmum:

a) Los tintos elaborados, como mínimo, con un 85% de una de las variedades tintas preferentes.

b) Los tintos elaborados, como mínimo, con un 85% de variedades tintas preferentes, siendo la variedad mencía, por lo menos, un 60% del total.

c) Los blancos elaborados con las variedades blancas preferentes.


2.1. Serán Ribeira Sacra:

a) Los tintos elaborados, como mínimo, con un 70% de variedades tintas preferentes.

b) Los súmmum que no alcancen los niveles analíticos u organolépticos exigidos para esa mención.

Sólo podrán hacer referencia a las variedades los vinos Ribeira Sacra Súmmum. Cuando se mencione una única variedad, el vino deberá estar elaborado
con un 85%, como mínimo, de esa variedad.

 
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